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miércoles, 9 de junio de 2010

Documentación necesaria para comprar un piso


La documentación necesaria para comprar un piso, ha de aportarse a la Notaría para que posteriormente haga la escritura y es distinta en función de sí el piso es de nueva construcción o es de segunda mano.


Documentación necesaria para un piso de nueva construcción

  • Necesitara la cédula urbanística que es el documento expedido por el Ayuntamiento.
  • La cédula catastral que es el documento expedido por el catastro.
  • La cédula de habitabilidad que supone la idoneidad del piso para el uso a que se destina.

Documentacón necesaria para un piso usado

  • Necesitara el Último recibo del impuesto sobre Bienes e Inmuebles pagado por el vendedor.
  • Tambien necesitara la escritura original de la vivienda.
  • Y para finalizar la certificación expedida por el presidente de la Comunidad de vecinos.

miércoles, 26 de mayo de 2010

Consejos antes de elegir una hipoteca

Antes de elegir un banco para tu hipoteca compara al menos 3 Bancos y pides ofertas de créditos o préstamos hipotecarios en cada uno de ellos, teniendo en cuenta que un crédito hipotecario no puedes cambiarlo a otra entidad por un porcentaje como en el préstamo. Debes cancelarlo y abrirlo de nuevo con lo que conllevará gastos mucho más importantes que en el préstamo hipotecario.

Debes fijarte en la comisión de apertura, la comisión de cancelación, el tipo de interés incial y, si la hipoteca es a tipo variable o hipoteca tipo mixto.

Asegúrate que la hipoteca tiene unos pagos mensuales que realmente puedes afrontar. Se honesto con tu agente financiero si los pagos parecen fuera de tu alcance. Si lo haces, seguro que puede ofrecerte alguna solución para adecuarlo a tus capacidades.

Si tu perfil de crédito no es perfecto pide ayuda a tu agente. Él podrá recomendarte acciones que puedas realizar de cara a mejorar tu perfil de crédito y así alcanzar la cantidad que necesitas.

¿Estás planeando estar en esa casa para siempre, por tres años, por cinco? Ten claro cuál es tu objetivo a largo plazo para saber qué tipo de hipoteca te conviene. Por ejemplo, si quieres vender pronto ten especial cuidado en las comisiones por cancelación total o parcial. Pero si no planeas vender esto puede quedar en segundo plano a favor de un mejor tipo de interés.

lunes, 17 de mayo de 2010

Consecuencias de no pagar la hipoteca

¿Qué pasa si no puedo pagar mi hipoteca?

No pagar una cuota de la hipoteca es tratada por cada entidad de forma distinta, aunque lo habitual es que sea la propia sucursal quien, durante las primeras semanas, se ponga en contacto con el cliente para conocer los motivos del impago y recordarle, amablemente, que debe pagar las cuotas de la hipoteca.

Si esta situación se prolonga por mas tiempo, los avisos de impago se vuelven más duros, y se comienzan a devengar intereses de demora y las comisiones fijadas en la escritura de otorgamiento del préstamo hipotecario, que pueden estar alrededor de un 5%.

Si, aun así, en un plazo aproximado de tres meses no afrontamos la deuda pendiente con el banco, las entidades bancarias intensifican sus contactos con el primer objetivo de conseguir el pago de las cantidades adeudadas o en su defecto, plantear un nuevo plan de pagos,como la posibilidad de realizar una nueva hipoteca que se ajuste a las necesidades de los clientes.

Si pasan unos 6 meses y sin llegar a un acuerdo es cuando las entidades acuden a la vía judicial, presentando una demanda por impago que, una vez aceptada, da lugar al embargo de la vivienda o, en su defecto, de los bienes presentados como aval,si lo hubiese.

Aún no está todo perdido, y el cliente puede todavía presentar un acuerdo de pago que detenga el proceso judicial e impida la subasta de sus bienes. Si esta llega a producirse, la entidad bancaria obtendrá de dicha subasta el pago de la deuda incluídos intereses de demora, comisiones y costas judiciales, si sobrase algo, iría a manos del titular.

Si no se logra un acuerdo entre cliente y banco, la propiedad se embarga y entra a remate. Este proceso puede llevar a durar hasta 24 meses, periodo en que el deudor tiene la gracia de poder vivir en la casa. La propiedad puede o no ser adjudicada a un postor. De no serlo, pasa a ser propiedad del banco.